Traducido de Slay News por TierraPura

La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de Estados Unidos acaba de lanzar una bomba sobre la agenda de vacunación masiva de Covid.

El tribunal de apelaciones emitió un fallo radical sobre la naturaleza de las inyecciones de ARNm de Covid.

La decisión podría remodelar la política de salud pública en todo el país.

El fallo se emitió durante un caso contencioso que involucra al Fondo de Defensa de la Libertad de Salud y otros demandantes contra el Distrito Escolar Unificado de Los Ángeles (LAUSD).

Al pronunciarse sobre el caso, el tribunal declaró que las inyecciones de ARNm de COVID-19 no califican como vacunas según las definiciones médicas tradicionales.

El caso giró en torno a la política de vacunación COVID-19 del LAUSD.

La política exigía que todos los empleados estuvieran completamente vacunados contra Covid antes de una fecha límite específica.

Los demandantes argumentaron que el mandato de vacunación del distrito infringía su derecho fundamental a rechazar tratamiento médico.

Argumentan que las inyecciones de ARNm no previenen la transmisión de Covid sino que, en el mejor de los casos, simplemente mitigan los síntomas del receptor.

La opinión del tribunal fue escrita por el juez de circuito R. Nelson y respaldada por el juez Collins.

Los jueces afirman que las inyecciones de ARNm, comercializadas como vacunas, no previenen eficazmente la transmisión del COVID-19.

En el dictamen, los jueces señalan que las inyecciones no hacen más que reducir los síntomas de quienes contraen el virus.

Por lo tanto, las inyecciones no pueden etiquetarse como vacunas.

Esta distinción crucial socava la premisa fundamental de los mandatos de vacunas impuestos por varias instituciones gubernamentales y educativas, como señala Gateway Pundit .

El juez Nelson señaló que el mandato era incompatible con el fallo centenario de la Corte Suprema en  Jacobson v. Massachusetts.

El caso confirmó el derecho del estado a hacer cumplir la vacunación contra la viruela debido a su eficacia comprobada para prevenir la propagación de la enfermedad.

Por el contrario, las inyecciones de ARNm de Covid no ofrecen tales beneficios para la salud pública.

Por tanto, no cumplen los criterios establecidos por Jacobson .

El fallo señala que las vacunas tradicionales están diseñadas para proporcionar inmunidad y prevenir la transmisión.

Esto no está demostrado de forma concluyente en el caso de las inyecciones de ARNm de Covid.

Además, las inyecciones de ARNm de Covid se han relacionado con lesiones generalizadas y muertes masivas .

El Gateway Pundit informó anteriormente que los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) habían modificado la definición de “vacuna” para incluir las inyecciones de ARNm.

Aquí está la definición que utilizaron los CDC el 26 de agosto de 2021:

  • Vacuna: “un producto que estimula el sistema inmunológico de una persona para producir inmunidad contra una enfermedad específica”.
  • Vacunación: “el acto de introducir una vacuna en el cuerpo para producir inmunidad contra una enfermedad específica”.

En lugar de admitir que las inyecciones de Covid no funcionan como se anuncia, los CDC tomaron una página del “1984” de Orwell.

La agencia financiada por los contribuyentes optó por darle un nuevo giro al lenguaje.

La definición actual de los CDC es:

  • Vacuna– “una preparación que se utiliza para estimular la respuesta inmune del cuerpo contra las enfermedades”.

Como informó anteriormente Slay News , la presidenta de Mercados Desarrollados Internacionales de Pfizer, Janine Small, admitió durante una audiencia en la UE en octubre de 2022 que nunca se había probado la capacidad de la vacuna para prevenir la transmisión.

Esta confesión explosiva fue contraria a lo que se había anunciado anteriormente.

Los funcionarios de salud del gobierno y los medios de comunicación presionaron al público para que se inyectara, argumentando que tenían la responsabilidad de proteger a los demás.

En un voto concurrente, el juez Collins destacó que los tratamientos médicos obligatorios para obtener beneficios de salud individuales infringen el derecho fundamental a rechazar dichos tratamientos.

Esta perspectiva se alinea con los principios constitucionales que protegen la libertad personal contra intrusiones gubernamentales injustificadas.

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