Por Mamela Fiallo Flor – Panampost.com

La Corte Constitucional de Ecuador suspendió la semana pasada al menos seis artículos de la Ley Orgánica que Regula la Interrupción Voluntaria del Embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en Caso de Violación (Lorive). Entre ellos, figuró el artículo 24, que tiene una cláusula que daba oportunidad a los médicos, mediante una objeción de conciencia, de no practicar un aborto por violación.

Desde el 29 abril de este año la ley que regula el aborto en casos de violación en Ecuador entró en vigor con el veto parcial que le impuso el presidente, Guillermo Lasso, tras una dispocisición hecha por la Corte Constitucional, lo que para la sociedad en gran escala ha sido interpretado como una tendencia al activismo judicial. Es decir, se ha formado este criterio de que los jueces pasan por encima del Poder Ejecutivo y Legislativo e imponen normas que atentan contra la Constitución.

Dado que todos los países de la región son firmantes del Pacto de San José y sus Constituciones resguardan el derecho a la vida, la vía judicial logra la imposición del aborto. En Ecuador no bastó con negarle el derecho a la vida al que está en el vientre de su madre, sino que desde ahora los médicos no tendrán la libertad de negarse a poner fin a sus vidas.

Y, aunque acusan hacerlo para garantizar el derecho de las mujeres abusadas, la corte también quitó la necesidad de denunciar al violador y el examen médico. Esta última resolución se suma a dos dictámenes anteriores que suspendieron varios artículos previstos en la ley, requisitos y consentimientos para acceder al aborto. Así, el propio violador la puede llevar a abortar y este queda impune, pues la justicia no lo persigue a él.

Al respecto, la Federación Médica Ecuatoriana ya se pronunció sobre este hecho y PanAm Post se comunicó con Byron Argoti, especialista en binecología obstétrica, para conocer el impacto contra los profesionales que juraron proteger la vida desde la concepción hasta la muerte natural.

¿Qué implica para la profesión médica no tener derecho a objetar?

Se nos obliga a provocar la muerte de embriones y fetos no natos bajo amenaza de sanción económica de 4000 dólares americanos, además de los procesos administrativos y penales. Es lamentable que las Jueces Constitucionales Karla Andrade, Daniela Salazar y Alejandra Cárdenas se desentiendan de los alcances constitucionales de su propia accionar. Con una medida cautelar sobrepasan a la Constitución del Ecuador, a los dictámenes de la Asamblea Nacional y a Las disposiciones Presidenciales al respecto, la Declaración Universal de Derechos Humanos; del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Colocan a los Profesionales de salud en una posición de ciudadanos de segunda y a los no-natos como seres o cosas de tercera, sin ningún valor. Desconocen una vez más que nuestra Constitución defiende la vida desde la concepción. Los profesionales de Salud no somos homicidas, ni seremos cómplices o encubridores de estas políticas de control de la natalidad que se vienen implementando en Ecuador y Latinoamérica por iniciativa de ONGs globalizadoras que suelen visitar a la nuestra Corte Constitucional previamente al inicio de estas “nuevas iniciativas de avanzada“.

La objeción de conciencia constituye la esencia moral de la formación ética médica. Nuestra Constitución lo establece en el Capítulo 66 articulo 12. Reconoce el derecho a la libertad de conciencia en el Art. 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. El Art. 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos forma parte del ordenamiento jurídico de nuestro país. Este derecho de objeción de conciencia, es la expresión directa de la persona humana y la protegen contra los abusos del poder, incorporándose al ordenamiento jurídico como manifestación concreta y legítima de la libertad que todos los seres humanos tenemos.

¿Se contradice el «mi cuerpo mi decisión»al negar a médicos el derecho a decidir?

Como ser humano ; médico y ciudadano del Ecuador y del Mundo tengo derechos irrenunciables que sobrepasan a su ideología (respetable por cierto, pero que no la comparto) y me permiten levantar la voz por mis colegas, por los niños no natos y nacidos, por las mujeres y los hombres supervivientes de violación y no; Por los ancianos; por los enfermos; por los necesitados de justicia , por los pobres de nuestro país. Por toda causa que nos mejore y no nos lleve a derroteros de destrucción e infamia. Todos tenemos derechos y debemos respetarnos por igual.

¿Qué mensaje le enviaría a la Corte Constitucional?

A nuestra querida Corte Constitucional de ayer y hoy, un saludo afectuoso de Navidad y Año Nuevo, al igual para todos nuestro conciudadanos. Resolver los acuciantes problemas constitucionales que requiere solución en nuestro país es su función en esta noble e importante Institución del Ecuador. No esperamos que sus ideologías lo superen y los lleven a intentar introducirnos a todos los ecuatorianos en ellas. Generando más dificultades que soluciones. Bastante tenemos con estas ONGs globalizadores y la narco-política con la violencia generada en nuestro país. Es hora de aunar esfuerzos para generar un futuro diferente para nuestra patria y se requiere la participación de todos . Poner al servicio de nuestro país lo mejor que tengamos (no nuestros intereses personales, compromisos pactados, etc) . Poner el corazón y el esfuerzo para forjar un dia diferente y mejor para nuestro Ecuador. Al momento su accionar nos sigue debiendo a todos los ciudadanos.

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