Por Mamela Fiallo Flor – Panampost.com

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha declarado inadmisible el último recurso presentado por la Fundación francesa Jérôme Lejeune, contra la censura impuesta en Francia a un video en el que se animaba a las mujeres embarazadas de personas con síndrome de Down a no abortar, por temer por sus hijos.

La disputa que llegó hasta la mencionada corte inició el 2014 y se refiere al vídeo titulado “Querida futura madre”. En este clip audiovisual se daba respuesta a una carta de una mujer que planteaba: “Estoy esperando un bebé. Y acabo de saber que tiene síndrome de Down. Estoy muy asustada. ¿Qué tipo de vida tendrá mi hijo?”.

La respuesta a esta pregunta estaba ilustrada con imágenes de niños con síndrome de Down de toda Europa que hablan de cómo sus vidas son complejas como las de muchos, pero con ayuda y esfuerzo, pueden ser plenas y felices. El video en disputa tuvo más de 8,4 millones de reproducciones.

Sin embargo, en su oportunidad el Consejo Superior Audiovisual (CSA) prohibió su emisión en un contexto publicitario. El argumento para sacarlo del espacio televisivo era que «no puede ser considerado como un mensaje de interés general, ya que al dirigirse a una futura mamá, su propósito puede parecer ambiguo y no suscitar un apoyo espontáneo y consensuado».

Ante esta situación, la Fundación Jérôme Lejeune impugnó la decisión del CSA ante el Consejo de Estado. Al ser rechazado su recurso, presentó una demanda ante el TEDH, pidiendo que se condenara la discriminación y la vulneración de la libertad de expresión de las personas con síndrome de Down.

Sin embargo, el TEDH, que aceptó el caso en 2021, se pronunció el 1 de septiembre y alegó que “los demandantes no pueden pretender ser víctimas en el sentido del artículo 34 de la Convención Europea de Derechos Humanos” (CEDH). Este artículo permite las demandas de personas físicas, organizaciones no gubernamentales o grupos de particulares “que se consideren víctimas de una violación” de los derechos reconocidos por la Convención.

De acuerdo al tribunal, la demanda era inconsistente porque se trataba de una abstracción y no de una persona afectada directamente. Lo cual denuncian los demandantes como falso. Pues entre los denunciantes estaba una de las personas que aparece en el video y tiene síndrome de Down.

Libertad de expresión en riesgo

“La decisión de la Corte de declarar inadmisible este caso es lamentable, ya que envía la señal de que los gobiernos pueden ejercer presión para silenciar las voces de las personas con síndrome de Down en la esfera pública. Esto contribuye a una cultura de discriminación, contra la cual debemos oponernos si realmente queremos defender la dignidad de las personas con discapacidad. Los niños y adultos con síndrome de Down merecen ser escuchados y vistos en la sociedad”, dijo Jean-Paul Van De Walle, asesor legal de ADF International, dedicado a defender la libertad de expresión.

Según denuncia el asesor legal de ADF International (una organización de defensa legal que protege las libertades fundamentales y promueve la dignidad inherente de todas las personas):

La libertad de expresión es la base de toda sociedad libre y democrática, consagrada en el derecho internacional de los derechos humanos. Creemos que todas las voces merecen la oportunidad de ser escuchadas. Por eso representamos a la Fondation Jérôme Lejeune en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Esta es una falta de justicia no solo para las personas con síndrome de Down y los defensores de los derechos de las personas con discapacidad, sino para todos los interesados ​​en la libertad de expresión en Europa”.

Las personas con Síndrome de Down tienen un cromosoma más que la persona promedio. Eso lo descubrió el genetista francés Jérôme Lejeune. En su honor, la Fundación Jérôme Lejeune lleva su nombre. Y fue el organismo que difundió un video que luego fue censurado. De acuerdo a la Fundación Jérôme Lejeune, el hecho de que la Corte no condene el trato de las autoridades francesas a las voces con síndrome de Down es una contradicción respecto a la libertad de expresión.

Pero la Corte de Estrasburgo no se inmutó. Y es que en Europa las personas con Síndrome de Down son eliminadas sin reparo. En la página oficial del Parlamento Europeo detalla lo siguiente:

Desde la introducción de la detección prenatal en Islandia, por ejemplo, la gran mayoría de las mujeres (cerca del 99 %) cuyos fetos dieron positivo para el síndrome de Down han interrumpido su embarazo. Algunos Estados miembros de la UE no se quedan atrás. En Francia, se estima que la proporción de mujeres que han interrumpido su embarazo debido al síndrome de Down ronda el 77%, mientras que en Dinamarca la tasa es del 97%. En Italia, Alemania, Reino Unido y Bélgica, la tasa supera el 90%. Lamentablemente, esta discriminación mortal se ha convertido en un fenómeno mundial.

Incluso la Organización Mundial de la Salud denominó este año al Síndrome de Down como un «defecto de nacimiento», lo cual no es científico. En primer lugar, esto se detecta antes de nacer y segundo porque la persona Down puede desempeñar una vida funcional.

Lo más paradójico es que el discurso de la socialdemocracia europea ostenta inclusión, pero no incluye a las personas con un cromosoma adicional. Al contrario, las autoridades francesas argumentan que puede «perturbar» la conciencia de las mujeres.

Es decir, teme que la mujer tenga dudas respecto a si aborta o no a su hijo en el vientre. No lo pueden permitir. Pues su sistema de Estado agigantado ha demostrado no medir a la persona por su valor sino por su costo. Entonces más conveniente les resulta recortar gastos en salud que invertir en personas con Síndrome de Down. Y ahora además cuentan con el aval del Tribunal Europeo para profundizar la discriminación contra personas Down.

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