Por Gabriela Moreno – Panampost.com
El comunismo en Cuba es el único dogma que avala la dictadura castrista. Cualquier otra creencia es oprimida, acosada o amenazada —así como sus promotores— por el aparato represivo estatal, según la Comisión para la Libertad Religiosa de Estados Unidos (USCIRF, por sus siglas en inglés). Por lo tanto, el organismo acentúa en su informe de 2022 la necesidad de una «vigilancia especial» ante presuntas irregularidades.
De acuerdo con esta instancia, el régimen practica “la vigilancia, el hostigamiento e interpretaciones ad hoc de la legislación para suprimir la libertad de religión y perseguir a los defensores de la libertad religiosa”.
El caso del pastor José Álvarez Devesa, quien fue golpeado por las policías en Camagüey el año pasado y liberado al día siguiente, aparece en el documento como un ejemplo de los “manifestantes —incluidos líderes religiosos y miembros de comunidades religiosas— que permanecieron detenidos, desaparecidos y bajo arresto domiciliario” durante las protestas del año pasado en la isla.
La organización no gubernamental Christian Solidarity Worldwide registró 30 denuncias, a pesar de que la Constitución de Cuba establece que reconoce, respeta y garantiza la libertad religiosa en el artículo ocho y cualquier discriminación estaría proscrita y sancionada.
Intimidación fuera de la ley
Al parecer, la dictadura castrista olvida lo que ordena su propia Carta Magna. El documento, en cambio, señala que «la Policía emitió citaciones e interrogó a los líderes religiosos sobre su conexión con las protestas”. Incluso, en Semana Santa hasta se prohibieron los viacrucis.
Estas acciones intimidantes de la administración de Miguel Díaz- Canel son la consecuencia de la autoexclusión de La Habana del sistema interamericano de protección de los Derechos Humanos. De hecho, Cuba es el único país de la región que todavía no suscribe el Pacto de San José de Costa Rica, cuyo fin es proteger derechos y libertades de la ciudadanía y que estos sean respetados por los Estados Partes.
El Pacto impone un estándar mínimo de protección a los derechos humanos, al determinar que “toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de conservar su religión o sus creencias, o de cambiar de religión o de creencias, así como la libertad de profesar y divulgar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado”.
Además, el acuerdo estima que “nadie puede ser objeto de medidas restrictivas que puedan menoscabar la libertad de conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión o de creencias”.
Sobre esta línea, el castrismo no pude caminar porque su Constitución no reconoce explícitamente la libertad de “conservar” ni de “divulgar” la religión o creencias. Así se señaló en una investigación de la Universidad Católica Argentina.
La omisión en la legislación cubana arroja este panorama que de acuerdo con la presidente de USCIRF, Nadine, Maenza, persistió a escala global durante el segundo año de la pandemia de COVID-19.
Artimañas judiciales
La situación de la libertad religiosa en Cuba es parte del listado de la organización de Open Doors. En el conteo ubica el puesto 37 a nivel mundial. Para matizar el número, el régimen creó el Departamento de Atención a las Instituciones Religiosas y las Asociaciones Fraternales en marzo. Sin embargo, sus funciones serán «el perfeccionamiento de los métodos de dirección de la organización y a la política respecto a los asuntos religiosos y fraternales», informó Cuba Debate.
Las expectativas con el nuevo ente son pocas. Hay desconfianza, puesto que “la Oficina de Asuntos Religiosos (ORA) siguió aplicando de forma represiva las restricciones religiosas” y la Ley de Asociaciones en Cuba exige a las organizaciones religiosas que se registren ante el Ministerio de Justicia, cartera a la que pertenece la ORA.
“El registro suele ser arbitrario y discriminatorio. Los grupos religiosos no registrados son especialmente vulnerables, ya que la pertenencia o asociación a un grupo religioso no registrado es un delito”, indicó el informe.
Por ello, más sanciones selectivas a los organismos y funcionarios detrás de estas prácticas son parte de las recomendaciones de la USCIR. Adicional a esta petición, se pide que Cuba permanezca en la Lista Especial de Vigilancia (SWL) del Departamento de Estado, a causa de la perpetración o tolerancia de violaciones graves por parte de sus autoridades en contra de aquellos que resisten con fe a su autoritarismo.