La sede de la ONU en Ginebra es la principal cocina de los Derechos Humanos en el mundo y no siempre cuenta con los mejores ingredientes o cocineros. Quienes no aceptan los derechos de los padres consideran que son un obstáculo para la promoción de sus agendas de sexualización, aborto e ideología de género.

Desde hace unos años se han incluido términos controvertidos como la llamada “salud sexual y reproductiva”, los “derechos reproductivos” o la “autonomía corporal” en una carrera de promoción del aborto. La “educación sexual integral”, “derechos reproductivos” y “poder de decisión con independencia de los padres o tutores” son términos utilizados en una desenfrenada promoción de la sexualización de la sociedad y los jóvenes, la ideología LGBTI+ y la ideología de género.

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En la 45ª sesión del Consejo de Derechos Humanos, varios países africanos, árabes, asiáticos y Rusia se opusieron a la promoción de tales términos y terminaron presentando dos enmiendas a favor de los derechos de los padres o tutores legales. Querían incluir en el texto la necesidad del respeto de las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres para proporcionar, de una manera coherente con la evolución de las capacidades del niño, dirección y orientación adecuadas en el ejercicio de sus derechos.

Pudiera parecer sorprendente que haya estados que se opongan a que los padres y tutores legales puedan dar una orientación adecuada a los niños o que les ayuden en el ejercicio de sus derechos y obligaciones. Las excusas son varias. Según denuncian los países que apoyaban las enmiendas, quienes no aceptan los derechos de los padres consideran que éstos son un obstáculo y una limitación para la promoción de sus agendas y políticas de sexualización, aborto y promoción de la “ideología de género” y la “Agenda LGBTI+”.

Con ‘educación sexual integral’ y sin el apoyo o guía de los padres, los niños son más manipulables y vulnerables. Poco importa para países como Argentina, Australia, Austria, Chile, República Checa, Dinamarca, Alemania, Italia, Japón, Libia, México, Namibia, Nepal, Países Bajos, Perú, Polonia, España, Ucrania o Uruguay si con sus votaciones y decisiones en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU violan los tratados que han negociado, aceptado y ratificado desde hace décadas.

Lamentablemente, se puede pretender respetar las obligaciones internacionales y violarlas al mismo tiempo.

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Poco les importa a los citados países y a alguno más no respetar la Declaración Universal de Derechos Humanos, ir contra el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos o violar los derechos de padres, tutores y niños contenidos en la Convención de los Derechos el Niño. Por citar sólo algunos:

  • Art. 3.2 de la Convención de Derechos del Niño-CDN: «Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores yu otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas».
  • Art. 14.2. CDN: “Los Estados Partes respetarán los derechos y deberes de los padres y, en su caso, de los representantes legales, de guiar al niño en el ejercicio de su derecho cde modo conforme a la evolución de sus facultades».
  • Art. 18.1. CDN: “Los Estados Partes pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño. Incumbirá a los padres o, en su caso, a los representantes legales la responsabilidad primordal de la crianza y el desarrollo del niño. Su preocupación fundamental será el interés superior del niño».
  • Art. 26.3 Declaración Universal de Derechos Humanos: «Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos».
  • Art. 24.1 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: «Todo niño tiene derecho, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional o social, posición económica o nacimiento, a las medidas de protección que su condición de menor requiere, tanto por parte de su familia como de la sociedad y del Estado».

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La resolución de Derechos del Niño en esta 45ª sesión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra ha retratado, de nuevo, a varios países europeos e hispanoamericanos que anteponen la ideología de género, la “agenda LGBTI+”, la sexualización y el aborto a los derechos de los padres y a sus compromisos y obligaciones internacionales. Supongo que el control de los niños y jóvenes bien lo merece.

Fuente: Actuall.com

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